El pasado 21 de diciembre en Luxemburgo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió la gran controversia causada por las cláusulas suelo de las hipotecas, pues el Tribunal Supremo español sostenía en la sentencia del 9 de mayo de 2013 que se devolviera a los afectados el dinero que habían pagado de más simplemente desde el 2013, no desde que habían firmado el contrato de su hipoteca.

Navas & Cusi se desplazó hasta la ciudad para conocer la sentencia del TJUE afirmando que tras el Brexit es normal que la Unión Europea defienda al consumidor, siendo una sentencia muy esperada.

Juan Ignacio Navas en la CE tras la sentencia del TJUE sobre Cláusulas suelo

Como manifestó el Abogado General del Tribunal comunitario, Paolo Mengozzi, las repercusiones económicas influyeron en la aplicación de las cláusulas suelo en España, ya que en esa época el sistema bancario español estaba sufriendo una situación frágil.

Los bufetes y consumidores atribuyeron la sentencia del Tribunal Superior al referéndum sobre la salida de Reino Unido de la Unión Europea. Según Juan Ignacio Navas Luxemburgo no debía resolver acorde a la situación económica del momento, sino de acuerdo a derecho.

Sentencia definitiva del TJUE

El TJUE sentenció el 21 de diciembre de 2016 a favor de la retroactividad del reembolso por las cláusulas suelo abusivas, devolviendo a los afectados todo lo que pagaron de más desde la firma de su hipoteca y no solo desde la sentencia del Tribunal Supremo del 2013.

Desde el bufete de Navas & Cusi se anima a los afectados a realizar un pacto antes con las entidades antes de ir a juicio, asimismo deben asesorarse muy bien sobre las cuantías que se les debe devolver. También destaca que no todas las entidades utilizaron cláusulas suelo en la misma cantidad, así que el impacto no será el mismo, para unas será enorme y para otras muy pequeño. Por lo que Se debe evitar el litigio y llegar a una negociación con la entidad.

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