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Despidiendo al 2019: Último repaso legal

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Cuando termina el año es bueno hacer balance de todo lo sucedido en el año que ya termina, valorando también los aspectos negativos siempre con el animo de poder seguir creciendo.

En términos legales, si por algo recordamos este 2019 es, sin duda, por la publicación y entrada en vigor de la Ley 5/2019, de 14 de marzo, de crédito inmobiliario. Es la ley que traspone, tardíamente, la Directiva 2014/17, norma que incluye y garantiza los derechos de los consumidores a la hora de suscribir un préstamo hipotecario con una entidad financiera.

Esta ley viene a recoger las nuevas exigencias normativas relativas al pago de las comisiones, el vencimiento anticipado, interés de demora y la exigencia de información a las entidades financieras hacia sus clientes. Echamos de menos, como hemos comentado en varias ocasiones, la regulación de qué ocurre con los centenares de desahucios que se han practicado en España.

Por su lado, y ya más a nivel jurisprudencial, tenemos la confirmación por parte del Tribunal Supremo, de su postura en relación a las llamadas hipotecas multidivisa. Si en su día hubo dudas sobre la naturaleza de este producto, la doctrina del Supremo ha quedado consolidada con sus ya 6 sentencias (las más reciente del pasado 14 de noviembre de 2019) en el que ha declarado que estamos ante un producto complejo, de alto riesgo, y al que las entidades debe exigírseles

A nivel europeo, también sumamente importante es la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de marzo de 2019 en relación a la cláusula de vencimiento anticipado, concluyendo que debe atenderse y analizar la proporcionalidad de cada asunto para poder ver si cabe la nulidad y archivo de ejecuciones hipotecarias.

Las tareas pendientes para 2020

Entre las tareas que quedan pendiente está la sentencia relativa a la posible abusividad del IRPH y la interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

También nos resulta altamente interesante poder descubrir de qué forma (y cuando) se traspondrá a nivel español la recién salida del horno Directiva 2019/2161, de 27 de noviembre, que modifica la ya tan citada Directiva 93/13/CE en relación a la protección de los consumidores frente a las cláusulas abusivas.

Por último, y no menos importante, en el inicio de este 2020 que está a punto de empezar sabremos cual es la dirección definitiva del Reino Unido en su divorcio con la Unión Europea (Brexit), tras la victoria por mayoría del primer ministro Boris Johnson en las ultimas elecciones celebradas este mes de diciembre.

No me quiero despedir sin aprovechar para desearos a todos unas ¡felices fiestas y un muy prospero año 2020!

Navas & Cusí amplía la Queja ante la Comisión Europea en materia hipotecaria

Juan-Ignacio-Navas-presentando-Queja-ante-la-Comisión-Europea-contra-el-Reino-de-España-Navas-&-Cusí-Abogados

Como es sabido, el 30 de mayo de 2013 presenté una Queja formal ante la Comisión Europea cuyo objetivo perseguía poner de manifiesto ante las instituciones europeas la infracción que el poder legislativo español venía haciendo y manteniendo en materia hipotecaria en relación a la normativa comunitaria y directivas de protección al consumidor. La queja fue tramitada en la Comisión Europea, convirtiéndose en el año 2015 en lo que se denomina comunitariamente como “infringement case”, en virtud del cual la Comisión Europea entendió que efectivamente el Reino de España había infringido la normativa comunitaria, y en concreto se refería a la Directiva 93/13/CE. Estos argumentos han venido “apoyados” por la jurisprudencia emanada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que durante los últimos años ha venido obligando la adaptación de la legislación española a las exigencias normativas europeas.

Motivos para la ampliación de la Queja

En concreto, son tres los motivos por el cual se procede a la presentación de esta ampliación, a saber:

El primer motivo es la publicación y entrada en vigor de la Ley de Crédito Inmobiliario 5/2019, de 15 de marzo, que traspone la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n ° 1093/2010 Texto pertinente a efectos del EEE. Esta norma, en la que se deniega la posibilidad de presentar una ejecución hipotecaria a la entidad financiera si antes no han sucedido 12 cuotas impagadas del préstamo hipotecario, se debió trasponer antes de marzo de 2016. No obstante, ha sido 3 años mas tarde cuando ha entrado en vigor, siendo que miles de consumidores se han visto afectados si el banco les ha ejecutado entre marzo de 2016 y junio de 2019 sin respetar el “impago de las 12 cuotas”. Ello, además, puede dar lugar a una clara indemnización por parte del Estado, siendo que ha sido culpa del poder legislativo que no traspuso a tiempo la legislación a nivel español, se instaron -según el INE- 147.000 ejecuciones hipotecarias que resultarían, a todas luces, improcedentes.

Es decir, si a vd el banco le ha presentado, entre marzo de 2016 y junio de 2019 una ejecución hipotecaria, sin respetar el impago de las 12 cuotas del préstamo que exigía la Directiva comunitaria, puede exigir responsabilidad patrimonial al Estado.

El segundo motivo, y no menos importante, es el atasco judicial creado en el sistema jurisdiccional español en materia de protección de los consumidores tras la decisión de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 25 de mayo de 2017 mediante el cual se aprobó la especialización de 54 juzgados para conocer de los litigios de cláusulas abusivas comercializados, en materia hipotecaria, con consumidores. A causa de esta decisión, los juzgados especializados se han inundado de demandas y no tiene recursos suficientes para atender y poder garantizar un procedimiento justo, vulnerándose así uno de los derechos fundamentales garantizados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

En tercer y último motivo,la Publicación de las Conclusiones del Abogado General Sr. Maciej Szpunjar en el asunto C-125/2018 pendiente de Sentencia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en relación a la problemática derivada del índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios IRPH, un asunto del que estamos pendiente que se emita sentencia en los próximos meses, a fin de poder valorar las consecuencias jurídicas y económicas que tendrá la misma.

Un último repaso al 2018

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Ha sido un año de bastantes cambios y novedades desde el punto de vista legal y jurisprudencial. Desde mi despacho Navas & Cusí hacemos balance del año, recordando las noticias y hechos que, desde nuestro punto de vista, han sido más relevantes jurídicamente, véase:

 

  • El 3 de enero entró en vigor la MIFID II, normativa en ámbito financiero que viene a otorgar un plus de protección a los inversores del mercado.
  • El pasado mayo entraba en vigor el Reglamento Europeo de protección de datos, y muchas empresas se han tenido que adaptar a las nuevas exigencias europeas.
  • A pesar de que aún no nos hemos recuperado de la resaca de la resolución de BANCO POPULAR S.A. a favor de Santander, ya tenemos las primeras sentencias del CASO POPULAR a favor de los accionistas que en su día fueron privados y expropiados de sus títulos, condenando al actual Santander al pago de una indemnización.
  • Durante el año 2018 hemos batido récord judicial a favor del consumidor: la mayoría de las sentencias en materia de contratación de préstamo multidivisa han sido favorables a los clientes, obligando a la entidad a reconvertir el préstamo a Euros.
  • A razón de la Sentencia del Tribunal Supremo 669/2017, del pasado 14 de diciembre de 2017, un Juzgado de Barcelona elevó en febrero una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con el fin de que Luxemburgo pueda interpretar la posible abusividad de la cláusula IRPH (cuestión aún pendiente a día de hoy en Europa).
  • En materia de gastos hipotecarios, la Sala contenciosa del Tribunal Supremo, establece, en medio de gran polémica, la sentencia en virtud de la cual establece que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados
  • El Reino Unido aprueba su salida de la Unión Europea, acabando el año con las condiciones encima de la mesa
  • La cláusula de vencimiento anticipado: a la espera que Europa se pronuncie este 2019.
  • El Derecho al olvido en internet: se desarrolla legalmente en España esta facultad, tras la sentencia europea que reconoce este derecho como uno fundamental.
  • La Autoridad Europea de Valores y Mercados limita la comercialización de los CFD’s y prohíbe las opciones binarias.
  • Y terminamos el 2018 con el persistente incumplimiento de la Directiva 2014/17/CE y con la Ley de crédito inmobiliaria, donde vienen recogidas las nuevas exigencias de transparencia en materia hipotecaria, sin aprobar.

 

Por mi parte, y dadas las fechas solo me queda mostrar mis mejores deseos para este nuevo año 2019 que empieza, deseando, como no, un poco más de justicia para todo el mundo.

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