La sección 14ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la entidad NCG a devolver 23.115€, así como los gastos derivados de las costas, por haber incurrido en mala praxis bancaria al no informar pertinentemente a los afectados de los riesgos que conllevaba el producto financiero en cuestión, un Swap.
Una pareja de camareros ha conseguido recuperar su inversión de un swap, que asciende a más de veinte mil euros, debido a la desinformación prestada por el banco a la hora de la contratación del mismo.
En la apelación, NCG alegó que el swap era un producto complementario a la hipoteca, interpretando que es un producto «de pura cobertura, no especulativo y comprensible para cualquiera». Un veredicto que no convenció a nadie, pues un swap de estas características no puede ser «de pura cobertura» desde el momento en el que se pueden asociar pérdidas, fruto de la caída de los tipos de interés.
Por lo que la AP de Madrid falló a favor de la defensa, condenando a la entidad financiera a devolver los 23.115 € más las costas estipuladas, según informa ‘El Derecho’.