El juzgado Nº5 de Fuenlabrada ha anulado una cláusula suelo suscrita a una pareja por Banco de Galicia, actualmente Banco Popular. La anulación se debe a que se ha calificado por sentencia como derivado financiero a este producto.
Además, la entidad no informó debidamente a los dos clientes por lo que ha supuesto una mala práctica por su parte. Es decir, no cumplió con sus deberes de información y transparencia.
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