A la hora de registrar una marca, hay que tener varios elementos en cuenta: el primero de ellos es que existe una clara diferenciación entre el registro de la marca a nivel nacional y el registro de la marca a nivel europea.
En el caso de que se busque una protección solo a nivel de un estado miembro de la UE (por ejemplo, mi actividad de la marca solamente se hará en España), entonces lo más lógico es buscar y registrar la marca en la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual correspondiente.
Ahora bien, en un mundo tan globalizado como es en el que vivimos actualmente, las actividades no suelen centrarse o restringirse a un solo estado, sino que, a través de internet, la actividad de una marca puede llegar a pasar muchas fronteras.
Por ello, en este artículo nos vamos a centrar en analizar el registro de una marca a nivel de la Unión Europea.
En primer lugar, debemos saber que el sistema para poder registrar una marca en la UE se encuentra regulada en cuatro distintos niveles, cuya elección dependerá directamente de las necesidades y actividad de cada empresa.
El primer nivel es el nacional, al que nos hemos referido anteriormente, y solamente tendrá la protección relativa al país en el que se solicite el registro de nuestra marca
El segundo nivel, es el regional. En caso de que busquemos una protección en los países relativos a Países Bajos, Luxemburgo o Bélgica, debemos ir ante la Oficina de Propiedad intelectual del Benelux (BOIP), y solicitar la protección de estos países (lo que supone una protección a nivel “regional”).
Ahora bien, si queremos una protección más elevada a las comentadas hasta ahora, el debemos referirnos al tercer nivel, y solicitar la protección en el denominado EUIPO, es decir, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea.
La solicitud se puede realizar de forma electrónica y tiene un coste que no llega a los 1.000 euros. Cuando la Oficina europea recibe la solicitud, debe de analizarla y la tramitara para aceptarla, en caso de que se cumplan todos los requisitos. En este caso, se podrá luego renovar, de forma indefinida, cada 10 años.
En un nivel más exterior (o cuarto nivel) ya nos situamos en un ámbito más internacional. En este caso, podemos utilizar nuestra protección de marca de los tres niveles anteriores y ampliarnos internacionalmente. Para ello, debemos solicitar la protección de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, que en el caso de España se sitúa en Madrid y se conoce como el WIPO.
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