Siempre ha sido tradición por parte del empresariado español buscar un crecimiento de la entidad a través de vías de financiación bancaria. Con motivo de las restricciones de crédito como consecuencia no únicamente de la crisis, sino también por las restricciones de capital de las propias entidades crediticias, ha sido necesario que se deba de acudir a otras vías de financiación alternativa y/o complementaria.
A pesar de que la crisis financiera del 2008 ya queda lejos, ha sido en el pasado año 2015 – concretamente en el mes de diciembre- cuando la bolsa sorprendía, ante las expectativas y reunión de la Reserva Federal de EEUU, con una caída del 10% en menos de medio mes a causa del ralentización de la economía asiática (mercado que sufre una gran volatilidad desde última semana de agosto).
La mayor sorpresa vino dado en el mercado de los bonos high yield pues la emisión de dichos bonos la conforman empresas que sufrieron en primera persona el desplome del precio del petróleo y de las materias primas. La crisis en los valores de las materias primas es consecuencia directa de la evolución del mercado chino, pues es éste el mayor demandante de materias primas, y la realidad demuestra que hechos como la actual guerra entre Irán y Arabia Saudí puede afectar sin ninguna duda a los mercados de materias primas.
Con todo ello, opino que dicha situación puede derivarse en otra crisis financiera en la que está en juego más de 150.000 millones de euros invertidos a escala global, y ello derivado principalmente del alto riesgo de impago de muchas compañías- algunas de las cuales ya han entrado en bancarrota-.
Por ejemplo, uno de los mayores fondos cotizados de high yield, el SPDR Barclays High Yield Bond, ha sufrido un declive en más de 1.000 millones de dólares en el último mes según informaciones de la entidad Bloomberg. Otro dato ilógico, comparado con lo anterior, son las exigencias de rentabilidad que exigen los inversores, siendo que la rentabilidad media de los bonos basura en renta fija cerró en 2015 con casi un 16%, un máximo histórico.
¿Qué son los bonos high yield?
Los bonos “high yield”, son activos de renta fija que ofrecen una alta rentabilidad a sus inversores, cuya característica propia reside en que son emitidos por empresas o Estados con una baja calificación crediticia. Por este motivo, estos emisores compensan a los inversores su elevado riesgo de insolvencia con una elevada rentabilidad, siendo, en consecuencia, apropiados para inversores más con un perfil arriesgado.
Existen varios factores que determinan los mayores o menores riesgos de este tipo de emisiones, entre los que influye el nivel de endeudamiento de la entidad emisora, las necesidades adicionales de financiación por la expansión o adquisición de la emisora, el propio sector de actividad al que se dedique o el desconocimiento de la entidad emisora en los mercados.
El perfil de inversor de este tipo de producto es habitualmente muy profesional, como pueden ser fondos de inversión, gestores patrimoniales o fondos de gestión alternativa. Una de las principales características de este tipo de emisiones consiste en una financiación “bullet”, es decir, a vencimiento de 5, 7 o hasta 10 años.
A raíz de la modificación de la Ley del Mercado de Valores, España ha suprimido el límite de emisión de las obligaciones para entidades no cotizadas en bolsa a las colocaciones de obligaciones que se dirijan, en este caso emisiones high yield a inversores altamente cualificados, inversores que suscriban un mínimo de 100.000 € o si el valor nominal unitario de todos los valores es de, como mínimo, 100.000 €, lo que permite estructurar este tipo de emisiones sin la necesidad de constituir por la sociedad una filial en otra jurisdicción europea, con lo que supone un abaratamiento de los costes de emisión.
¿Dónde reside, pues, la dificultad de estas emisiones High Yield?
Es imposible para una economía mantenerse y crecer en el nivel de dos dígitos cada año como lo ha venido haciendo China en los últimos tiempos, por lo que no sorprende que haya caído al 7% de crecimiento actual. Es de mera lógica suponer que dicho vaivén puede influir en la economía global, y si finalmente se confirma la expectativa del retroceso de la económica china hasta un 5%, la demanda de materias primas puede disminuir drásticamente, provocando impagos y retirada de los fondos por sus inversores.
E ahí la cuestión: Si el inversor desea vender, debe encontrar comprador. La profundidad del mercado ha disminuido, puesto que los cambios legislativos y exigencias del Mercado de Valores han hecho a los tres compradores natos (las entidades de crédito, fondos de pensiones y hedge funds) limitar sus actividades.
Ello significa que podemos estar ante una nueva crisis, similar a la de 2007, con la diferencia de que los activos en cartera cedidos o vendidos cuando aparecieron los problemas de liquidez derivados principalmente de las famosas hipotecas subprime, constaban con la calificación del AAA a pesar de su baja calidad.
Es decir, inversores que creyeron en su momento adquirir productos muy líquidos como son los bonos High Yield pueden encontrarse ahora que deben afrontar problemas serios de liquidez.
Ya lo precedía el economista John Landon- Lane, quien sostuvo que la prima que se le exige a los bonos basura frente a la deuda gubernamental sirve para predecir la económica real: Cuando esa prima ha subido con fuerza durante años, ha valido para adelantar que el ciclo económico había tocado techo y se avecinaba una tormenta financiera. Y así sucedió con la crisis del 29 -la Gran Depresión-, que curiosamente se dio tras una subida de tipos de la Fed, algo que se ha vuelto a repetir hará escasamente ahora un mes.
Los emisores de los referidos bonos High Yield deben observar y atender a los requisitos de transparencia e información exigidos en la Ley de Mercado de Valores y en el Derecho de la Unión Europea (normativa MIFID) en relación a la comercialización de este producto, considerado de alto riesgo y complejo por su naturaleza. En caso contrario, los bonistas pueden reclamar ante las instituciones pertinentes y ante los tribunales españoles la inversión inicial realizada en los bonos high yield, lo que conllevaría la nulidad del contrato con todas las consecuencias jurídicas derivadas.
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